Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-12-2008

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081217-0002

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación

4601 RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2008, del Director General de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden 5239/2008, de 14 de noviembre, de la Consejera de Educación, de extinción de cese de actividades del centro privado de Grado Medio de Música “Klavier”, de Las Rozas de Madrid.

Instruido el expediente relativo a la extinción por cese de actividades del centro de Grado Medio de Música denominado “Klavier”, con domicilio en la calle Cerezales, número 4, de Las Rozas de Madrid, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 15.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las órdenes de extinción por cese de actividades de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 5239/2008, de 14 de noviembre, de la Consejera de Educación:

Primero

Extinguir de oficio y de conformidad con el artículo 14.1 del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, la autorización del centro privado de Grado Medio de Música que se relaciona a continuación:

Denominación genérica: Centro de Grado Medio de Música.

Denominación específica: “Klavier”.

Número de código: 28035251.

Titular: Don Eulogio Luis Sánchez Sanz.

Domicilio: Calle Cerezales, número 4.

Localidad: Las Rozas de Madrid.

Municipio: Las Rozas de Madrid.

Segundo

La extinción de la autorización que por la presente Orden se aprueba tendrá efectos de comienzo del curso académico 2008-2009 y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Tercero

La presente Orden deroga y deja sin valor la que autorizó el funcionamiento del centro.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la notificación de la misma, y sin perjuicio de cuantos recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2008.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(03/34.944/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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