Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-12-2008

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081202-0178

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 5
DE COSLADA

EDICTO

En el juicio de divorcio contencioso número 454 de 2006, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia número 463 de 2007

En Coslada, a 16 de noviembre de 2007.—Doña María de las Nieves Gómez Martínez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de juicio de divorcio seguidos ante este Juzgado con el número 454 de 2006, a instancias de don Moisés Caseda Martín, representado por el procurador don José Francisco Reino García y defendido por el letrado señor Reyes Redondo, contra doña Francisca Rosa Da Silva, en situación procesal de rebeldía, y atendiendo al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador don José Francisco Reino García, en nombre y representación de don Moisés Caseda Martín, contra doña Francisca Rosa Da Silva, debo declarar y declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio contraído entre ambos en Medina del Campo (Valladolid) el día 10 de noviembre de 2000, con todos los efectos inherentes a dicho divorcio.

Todo ello sin expresa imposición de las costas procesales causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y firme que sea esta comuníquese por testimonio literal de la misma al Registro Civil de Medina del Campo, donde se halla inscrito el matrimonio de los solicitantes.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública el mismo día de su fecha.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en os autos de referencia, de conformidad, con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifique la sentencia dictada en autos a doña Francisca Rosa Da Silva.

En Coslada, a 19 de noviembre de 2007.—El secretario (firmado).

(02/15.539/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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