Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-12-2008

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081202-0080

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 362 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Danut Bogdan Ciupitu, contra la empresa “Extracoín Ventilación y Proyectos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 381 de 2008

En Madrid, a 6 de noviembre de 2008.—Doña Francisca Arce Gómez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Danut Bogdan Ciupitu, que comparece con asistencia de la letrada doña Lidia Mora Martínez, y de otra, como demandada, “Extracoín Ventilación y Proyectos, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo la demanda del actor don Danut Bogdan Ciupitu y declaro debida la cantidad de 4.819,91 euros en concepto de liquidación y salarios dejados de percibir. En consecuencia, condeno a la empresa demandada “Extracoín Ventilación y Proyectos, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone al actor la cantidad anteriormente fijada.

Asimismo, declaro la mora de la demandada, por lo que la empresa deberá incrementar el 10 por 100 de interés anual moratorio desde la fecha en que se devengó la cantidad objeto de condena hasta su total pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que responderá hasta el límite legal de la cantidad objeto de condena. A dicho organismo no se extiende la declaración de mora.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 362/08 de procedimiento, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Extracoín Ventilación y Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.222/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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