Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-12-2008

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081202-0002

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Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 9 de octubre de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Orio Tiendas, Sociedad Limitada”, y la representación legal de los trabajadores (PCM-476/2008).

Vista el acta de mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de octubre de 2008.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del viernes 12 de septiembre de 2008.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Santos Ojeda Manzano.

Vocal: Don Abel Martínez Vado.

Vocal: Don Guillermo Fabra Bernal.

Vocal: Doña Amparo López Castro.

Secretario: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha miércoles 27 de agosto de 2008, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Doña Esther Villarreal Palacios, en calidad de Directora de Organización y Recursos Humanos.

La empresa “Orio Tiendas, Sociedad Limitada”, domiciliada en calle Paeque, número 13, Madrid.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Luis Lunar Moreno, en calidad de representante de la Federación Agroalimentaria CC OO Madrid.

Don Francisco J. Muñoz Murillo, en calidad de representante de la Federación Agroalimentaria CC OO Madrid.

Doña Rosa Loján Quichimbo, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Maribel Saldarriaga Estrada, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Valya Velcheva Bazuher, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Dolores Verónica García Alfonso, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Irma Alexandra Gámez Segura, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Elena Ronquillo Vera, en calidad de representación legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, 
según escrito introductorio presentado por don Luis Lunar Moreno como representante de la Federación Agroalimentaria de CC OO de Madrid

ABIERTO AL ACTO

Las partes se someten expresamente al procedimiento de conciliación y mediación del Instituto Laboral para el conflicto objeto del presente acto.

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1.  Las partes, en el plazo de un mes, se comprometen a negociar los temas que a continuación se detallan, acordando mantener la primera reunión entre los días 6 y 12 de octubre:

— Distribución de la jornada.

— División en sectores territoriales para los desplazamientos.

— Salarios.

2.  La empresa se compromete al pago de los salarios en tiempo y forma.

3.  Ambas partes se reunirán en el último trimestre del año para la elaboración del calendario laboral.

4.  En virtud del presente acuerdo se desconvoca la huelga objeto del presente expediente.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once y diez horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/30.967/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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