Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081202-0216
Páginas: 0
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 63 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de juicio verbal número 1.211 de 2007 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: Sentencia número 44 de 2007 En Madrid, a 21 de febrero de 2007.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 63 de esta ciudad, los autos de juicio verbal número 1.211 de 2006, seguidos a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza y asistida del letrado don José Luis Esteban Villar, sustituido en el acto de la vista por su compañera doña Lorena Gutiérrez Carracedo, contra don Gonzalo Prieto Moreno, declarado en situación procesal de rebeldía, sobre resolución contractual y reclamación de cantidad. Fallo 1. Estimo íntegramente la demanda presentada por “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra don Gonzalo Prieto Moreno, y declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre las partes y suscrito mediante la póliza número 1854783, condenando al demandado a estar y pasar por dicha resolución y a facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas, calle Juan de Austria, número 8, segundo interior derecha, y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora, librándose mandamiento de entrada, de ser necesario, para que en el día y hora que al efecto se señale se constituya la comisión judicial asistida de la parte actora a fin de que por personal técnico de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, se proceda a la privación del suministro desmontando el contador. 2. Condeno a don Gonzalo Prieto Moreno a abonar a la parte actora la suma de 1.843,88 euros. 3. El demandado abonará igualmente los intereses en la forma prevista en el fundamento de derecho tercero de esta resolución. 4. Condeno al demandado a pagar las costas del juicio. Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente a la notificación y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación Extendida y firmada esta sentencia por la magistrada-juez que la ha dictado, se notifica y archiva en la oficina judicial, dándole publicidad en la forma permitida u ordenada por la Constitución y las Leyes.—Doy fe. Y como consecuencia del ignorado paradero de don Gonzalo Prieto Moreno, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Madrid, a 7 de noviembre de 2008.—El secretario (firmado). (02/15.412/08) |