Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081022-0089
Páginas: 0
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento de divorcio contencioso número 371 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Sentencia En Madrid, a 12 de septiembre de 2008.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Teresa Martín Nájera, magistrada-juez de primera instancia del número 29 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 371 de 2007, a instancias de don Daniel Ortega Romero, representado por el procurador señor Ganuza Ferreo, contra doña Yoenis Guerrero Valera, en situación de rebeldía procesal. Fallo Que estimando la demanda formulada por la representación de don Daniel Ortega Romero, contra doña Yoenis Guerrero Valera, debo declarar y declaro la disolución por el divorcio del matrimonio contraído por las partes el 6 de noviembre de 1997 en La Habana (Cuba), con todos los efectos legales inherentes a dicha resolución, sin hacer imposición de costas. Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firme, a las oficinas del Registro Civil en que conste la inscripción de matrimonio de los sujetos al pleito. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso de preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelad, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Publicación Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe. Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Yoenis Guerrero Valera se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Madrid, a 12 de septiembre de 2008.—La secretaria (firmado). (02/13.393/08) |