Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081020-0191
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Imanol Castrillo Arnaiz, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Santa Cruz de Tenerife. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 742 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Noelia Belló Rodríguez, contra “Mantenimientos de Jardinerías Misán, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado auto del tenor literal siguiente: Auto En Santa Cruz de Tenerife, a 28 de julio de 2008.—Dada cuenta; por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el libro de su razón; y... Dispongo: Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por doña Noelia Belló Rodríguez, contra “Mantenimientos de Jardinerías Misán, Sociedad Limitada”, sobre cantidad. Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación, si procediera, y, en su caso, de juicio, para lo cual se señala el día 17 de diciembre de 2008, a las diez treinta y cinco horas, en la Sala de vistas número 7, sita en planta primera, del Palacio de Justicia de San Cruz de Tenerife, avenida del Tres de Mayo, número 3, haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados. Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de pruebas de que intenten valerse, no suspendiéndose el juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración, y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del juzgador motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. A los otrosíes: se tienen por hechas las manifestaciones que contiene. Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de juicio a responder al interrogatorio de la contraparte, por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 a 601,01 euros. Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora. Sirva la presente resolución de cédula de citación a las partes. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento de conformidad con el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mantenimientos de Jardinerías Misán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de septiembre de 2008.—El secretario judicial (firmado). (03/27.653/08) |

