Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-10-2008

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081009-0173

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

LEGANÉS

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: aprobar el expediente denominado «Operaciones jurídicas complementarias del proyecto de reparcelación de la Junta de Compensación del PP-3 “Puerta de Carabanchel”».

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos procedentes, advirtiendo de que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (según modificación aprobada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la anterior resolución podrá interponer los siguientes recursos:

a) Potestativo de reposición, ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se efectúa esta notificación.

b) Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados igualmente a partir del día siguiente a aquel en que se efectúa esta notificación.

Si se interpone el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo por transcurso de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas anteriormente señalada.

No obstante, se podrán interponer los recursos que se estimen pertinentes.

Leganés, a 22 de septiembre de 2008.—El alcalde-presidente, Rafael Gómez Montoya.

(02/13.221/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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