Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
01-10-2020

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201001-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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ACUERDO de 23 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se abre período de información pública del plan de restauración del proyecto de autorización de explotación de recursos de la sección A) arenas y gravas, denominada “La Esperanza”, número A459, situada en el término municipal de Ciempozuelos (Madrid), cuyo titular es Áridos Díez, S. A.

La Dirección General de Industria, Energía y Minas ha acordado abrir un período de información pública de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo en el artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y de rehabilitación del espacio natural afectado por actividades mineras, durante los cuales cualquier persona interesada podrá acceder al plan de restauración del proyecto de autorización de explotación de recursos de la sección A) arenas y gravas, denominada “La Esperanza”, número A459, situada en el término municipal de Ciempozuelos (Madrid) cuyo titular es Áridos Díez, S. A.

De conformidad con el artículo antes citado, se informa de los siguientes aspectos:

— Con fecha 7 de noviembre de 2018 el titular presenta en esta Dirección General de Industria, Energía y Minas el plan de restauración del proyecto de autorización de explotación de recursos de la sección A) arenas y gravas, denominada “La Esperanza”, número A459, situada en el término municipal de Ciempozuelos (Madrid), y con fecha 11 de abril de 2019 esta Dirección General da traslado del mismo a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Con fecha 17 de junio de 2019 la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio emite informe desfavorable al contenido técnico del plan de restauración requiriendo al titular que subsane distintos aspectos remitiéndose copia del mismo al titular con fecha 13 de febrero de 2020.

— Con fecha 19 de febrero de 2020 el titular presenta un nuevo plan de restauración del proyecto de autorización de explotación de recursos de la sección A) arenas y gravas, denominada “La Esperanza”, número A459, y con fecha 21 de febrero de 2020 esta Dirección General da traslado del mismo a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.

— Con fecha 25 de abril de 2020 la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad informa desfavorablemente el contenido técnico del plan de restauración examinado. Se da traslado de este informe al titular con fecha 27 de abril de 2020.

— Con fecha 7 de mayo de 2020 el titular presenta un nuevo plan de restauración en el que se incluyen las modificaciones planteadas en el informe desfavorable mencionado en el punto anterior.

— Con fecha 3 de julio de 2020 la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad informa favorablemente el contenido técnico del plan de restauración examinado.

— El órgano competente para la aprobación de la modificación del Plan de Restauración es la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

— La propuesta de resolución, de esta Dirección General, al citado plan de restauración, con la información obrante hasta este momento, sería la aprobación del proyecto.

— El plan de restauración del espacio natural afectado por la explotación “La Esperanza” podrá ser consultado en la página web de la Comunidad de Madrid (http://www.comunidad.madrid), dentro de la ficha “Información pública de la DGIEM”.

— La toma de vista del expediente podrá realizarse durante el período de información pública, en formato digital, solicitando copia del mismo o cita previa para consulta telemática a través de la dirección de correo electrónico minas@madrid.org

— Quien lo desee podrá formular las alegaciones u observaciones que estime oportunas, dirigidas a la Dirección General de Industria, Energía y Minas (Área de Minas e Instalaciones de Seguridad) y podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos, en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.

El presente acuerdo tiene carácter de acto de trámite y contra el mismo no cabe recurso alguno en vía administrativa, de conformidad con lo previsto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 23 de septiembre de 2020.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Gregorio David Valle Rodríguez.

(02/24.344/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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