Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190121-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado Resolución el día 18 de diciembre de 2018, del siguiente tenor literal:

“Dado en Villanueva del Pardillo, 18 de diciembre de 2018.

Habiendo tomado posesión de su cargo de concejal —el pasado día 14 de diciembre— doña María Teresa Sebastiá Rodero y a la vista de la gestión diaria de la administración municipal considero oportuno y conveniente modificar las delegaciones conferidas hasta la fecha en los señores concejales.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente he resuelto:

Primero.—1.1. Que doña María Teresa Sebastiá Rodero desempeñe sus funciones en régimen de dedicación parcial al 50 por 100 (19 horas semanales).

1.2. Designar a doña María Teresa Sebastiá Rodero concejal delegado en el área de Sanidad, y delegar con carácter específico en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable, sin que pueda resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de sanidad.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de sanidad.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de sanidad.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al área de sanidad.

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en todo lo relacionado con las viviendas de propiedad municipal.

— La realización de propuestas y actuaciones en todo lo relacionado con las viviendas de propiedad municipal.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en todo lo relacionado con las viviendas de propiedad municipal.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas en todo lo relacionado con las viviendas de propiedad municipal.

Segundo.—Delegar en doña María del Mar Cáceres Gómez el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

En el área de educación, y referido a los asuntos relativos y/o que afecten a las escuelas infantiles municipales:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos.

— La realización de propuestas y actuaciones.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas.

Tercero.—Notificar personalmente la presente resolución a los interesados, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.

Cuarto.—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.

Cúmplase”.

En Villanueva del Pardillo, a 18 de diciembre de 2018.—El alcalde-presidente, Luis Alberto Sosa Gayé.

(03/749/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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