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Boletín oficial de la Comunidad de Madrid

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2016

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160608-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

OTROS ANUNCIOS

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Torrejón de la Calzada. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

A los efectos de lo prevenido en el artículo 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, los interesados en optar al nombramiento de juez de paz de este municipio podrán presentar instancias en las que manifiesten reunir los requisitos previstos en el artículo 102 de la citada Ley, y no estar incursos en ninguna de las causas de incompatibilidad reguladas en dicha Ley.

Se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Asimismo, deberán ser residentes en el término municipal de Torrejón de la Calzada, de conformidad con el artículo 17 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, salvo que cuenten con autorización expresa de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El plazo de presentación de instancias es de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Dichas instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, pudiendo acompañar cuantos documentos acrediten su trayectoria profesional o méritos.

Torrejón de la Calzada, a 25 de mayo de 2016.—El alcalde-presidente, Eusebio García Gómez.

(03/19.762/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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