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Boletín oficial de la Comunidad de Madrid

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
07-03-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120307-68

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

68
Verbal 1.724 de 2009

Doña Inmaculada González Romero, secretaria del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones de procedimiento de verbal de desahucio por falta de pago número 1.724 de 2009, sobre otras materias, que se siguen en este Juzgado a instancias de don José Carlos Naharro Pérez, contra don Eduardo Marcos Cristóbal, don Manuel Cajo Moya, don Miguel Bas Rodríguez, don Jesús Rubio Iglesias, doña Martina Velilla Zarzalejos, don José Valencia Martínez, don Miguel Ángel Botello Velilla, doña María Gloria Asensio Benito, don Miguel Bas Martínez, doña Aitana Bas Torrecillas, don Cristián Botello López de Haro, don Albino Botello Velilla, doña Emilia Fernández Velilla, doña María Dolores García García, doña Francisca Granjo González, doña Felisa López de Haro Herrera, doña Rafaela Martínez Manotas, don Francisco Martínez Manotas, don Rubén Meliá Granjo, don José Meliá Mateo, don Antonio Meliá Mateo, doña Rosario ruano Valis, doña Tamara Rubio Cortés, don Zeus Rubio Cortés, doña Aroa Torrecillas Luque, don Daniel Valencia Ruano, doña Thais Valencia Ruano y doña Victoria Velilla Zarzalejos, sobre desahucio por precario, registrado con el número 1.724 de 2009, se ha dictado la sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 502

En Madrid, a 24 de junio de 2011.—Vistos por mí, doña María Soledad Escolano Enguita, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid, los autos de juicio verbal número 1.724 de 2009, siendo parte demandante, “Explotaciones Agrícolas San Roque, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don José Carlos Naharro López y asistida por el letrado don Juan Luis Durán García, y parte demandada, don Miguel Bas Rodríguez y don Miguel Bas Martínez, representados por la procuradora de los tribunales doña Paloma Gutiérrez París y asistidos de la letrada doña Ana María Vega Álvarez: doña Martina Velilla Zarzalejos, don Albino Botello Velilla y doña María Dolores García García, representados por la procuradora de los tribunales doña Silvia de la Fuente Bravo y asistidos del letrado don Juan Antonio Gallardo López; don José Valencia Martínez, don Miguel Ángel Botello Velilla, doña Felisa López de Haro Herrera, doña Rosario Ruano Valis, don Daniel Valencia Ruano y doña Thais Valencia Ruano, representados por la procuradora doña Mercedes Orrico Blázquez y asistidos de la letrada doña María Teresa Quero Remolins, y don Eduardo Marcos Cristóbal, don Manuel Cajo Moya, don Jesús Rubio Iglesias, doña Gloria Asensio Benito, doña Aitana Bas Torrecillas, don Cristián Botello López de Haro, doña Emilia Fernández Velilla, doña Francisca Granjo González, doña Rafaela Martínez Manotas, don Francisco Martínez Manotas, don Rubén Meliá Granjo, don José Meliá Mateo, don Antonio Meliá Mateo, doña Tamara Rubio Cortés, don Zeus Rubio Cortés, doña Aroa Torrecillas Luque y doña Victoria Velilla Zarzalejos, en situación procesal de rebeldía, sobre desahucio por precario.

Fallo

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por “Explotaciones Agrícolas San Roque, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don José Carlos Naharro Pérez, contra don Eduardo Marcos Cristóbal, don Manuel Cajo Moya, don Miguel Bas Rodríguez, don Jesús Rubio Iglesias, doña Martina Velilla Zarzalejos, don José Valencia Martínez, don Miguel Ángel Botello Velilla, doña Gloria Asensio Benito, don Miguel Bas Martínez, doña Aitana Bas Torrecillas, don Cristián Botello López de Haro, don Albino Botello Velilla, doña Emilia Fernández Velilla, doña María Dolores García García, doña Francisca Granjo González, doña Felisa López de Haro, doña Rafaela Martínez Manotas, don Francisco Martínez Manotas, don Rubén Meliá Granjo, don José Meliá Mateo, don Antonio Meliá Mateo, doña Rosario Ruano Valis, doña Tamara Rubio Cortés, don Zeus Rubio Cortés, doña Aroa Torrecillas Luque, don Daniel Valencia Ruano, doña Thais Valencia Ruano y doña Victoria Velilla Zarzalejos, declaro haber lugar al desahucio, por precario, condenando a los citados codemandados a dejar libre y expedita, a disposición de “Explotaciones Agrícolas San Roque, Sociedad Anónima”, la finca número 18 de la calle G, de Madrid, bajo apercibimiento de lanzamiento, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, debiendo prepararse, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” con número de cuenta 2441, entidad 0030, oficina 1845, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación.—La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe estándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María Gloria Asensio Benito, doña Tamara Rubio Cortés, doña Aitana Blas Torrecillas, doña Aroa Torrecillas Luque, don Rubén Meliá Granjo, don Francisco Martínez Manotas y don Zeus Rubio Cortés se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Madrid, a 15 de febrero de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/1.548/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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