Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57
Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120307-85
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42
EDICTO
Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 493 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Madrid, a 28 de noviembre de 2011.—Vistos por mí, don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 493 de 2011, sobre lesiones, en virtud de denuncia, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Vicente Valera Tórtola, y como denunciada, doña Tatiana Andrea Sánchez Castañeda, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:
Fallo
Que debo condenar y condeno a doña Tatiana Andrea Sánchez Castañeda, como autora responsable de una falta de lesiones, a la pena de multa de un mes, con cuotas diarias de 5 euros (150 euros), y a que indemnice a don Vicente Varela Tórtola en la cantidad de 210 euros por días de lesión conforme se especifica en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución, y al pago de las costas procesales si procediese su devengo por conceptos necesarios.
Que debo condenar y condeno a doña Tatiana Andrea Sánchez Castañeda, como autora responsable de una falta de injurias, a la pena de multa de diez días, con cuotas diarias de 5 euros (50 euros), y al pago de las costas procesales si procediese su devengo por conceptos necesarios.
Se fija una responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, bien de forma voluntaria, bien por vía de apremio.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en el artículo 976, con relación a los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Tatiana Andrea Sánchez Castañeda expido la presente en Madrid, a 1 de febrero de 2011.—La secretaria (firmado).
(03/5.343/12)