Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120227-181

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

181
Demanda 752 de 2011

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria de lo social del número 24 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Beatriz Tendero Carpio, contra “Cascel Proyectos, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 752 de 2011, se ha acordado citar a “Cascel Proyectos, Sociedad Limitada”, y a don José Ignacio Celaya González, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 7 de febrero de 2012, a las once horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 24, sito en la calle Princesa, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Diligencia.—Para dar cuenta a su señoría de que la demanda presentada solicita la práctica de determinados medios de prueba sobre lo que debe pronunciarse.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 6 de febrero de 2012.

Acuerdo:

Al segundo otrosí: ha lugar, y cítese al representante legal de la empresa demandada para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, con el apercibimiento de que si no comparece sin justa causa podrá ser tenido por confeso en la sentencia (artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Respecto a la prueba testifical estese a lo que se acuerde en el momento procesal oportuno.

Ha lugar a la prueba documental, requiriéndose a la demandada conforme a lo solicitado.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución, será precisa la consignación de la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, cuenta número 2522, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.

Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo quinto, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).—El ilustrísimo señor magistrado, Joaquín Castro Colas.

Decreto

La secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 6 de febrero de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

Admitir la demanda presentada.

Señalar el día 7 de mayo de 2012, a las once horas, para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y, en su caso, del acto del juicio.

Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el secretario judicial en el primer caso y el juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Acuérdese citar al Fondo de Garantía Salarial, con traslado de copia de la demanda para la citación de los actos de conciliación/juicio el día señalado anteriormente.

Tras las averiguaciones de domicilio en el Registro Mercantil, acuérdese citar a la parte demandada en el domicilio aportado por la parte actora y en el averiguado por el Registro Mercantil, acuérdese también citar a la parte demandada a través de Servicio Común de Notificaciones y Embargos, exhorto al Juzgado de Rivas-Vaciamadrid y cautelarmente a través de edictos según el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Asimismo, acuérdese citar a los actos de conciliación/juicio al administrador, don José Ignacio Celaya González, en la dirección que aparece en el Registro Mercantil, acuérdese citarle a través de correo certificado, exhorto al Juzgado de Boadilla del Monte y cauteralmente a través de edicto según el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al primer otrosí: estese a las manifestaciones hechas en la demanda.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Cascel Proyectos, Sociedad Limitada”, y a don José Ignacio Celaya González, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 7 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.146/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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