Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120202-190
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Manuel López Jara, secretario judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 312 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jilali Assaoua y don Aziz Assaoua, contra la empresa “Construcciones y Conservaciones PSP, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Auto
La magistrada-juez de lo social, doña Patricia Valle Lorenzo.—En Madrid, a 26 de diciembre de 2011.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Jilali Assaoua y don Aziz Assaoua, frente a “Construcciones y Conservaciones PSP, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 2.366,06 euros de principal, desglosados del siguiendo modo: don Jilali Assaoua, 1.183,03 euros, y don Aziz Assaoua, 1.183,03 euros, más 141,96 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, y 236,61 euros de las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez (firmado).
Decreto
El secretario judicial don Manuel López Jara.—En Madrid, a 26 de diciembre de 2011.
Parte dispositiva:
Acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—El secretario judicial (firmado).
Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de su resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Conservaciones PSP, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 26 de diciembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).
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