Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120113-86
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 250 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gregorio López Ruiz, don Miguel Ángel Pozo Barquero y don Vicente Escobar Leal, contra la empresa “P y T Moreno e Hijo, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de ejecución de fecha 12 de diciembre de 2011, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Parte dispositiva
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Gregorio López Ruiz, don Miguel Ángel Pozo Barquero y don Vicente Escobar Leal, frente a “P y T Moreno e Hijo, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 2.161,63 euros de principal, más otros 129,70 euros y 216,16 euros de intereses y costas, fijados provisionalmente, sin perjuicio de posterior liquidación.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).
Parte dispositiva:
Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “P y T Moreno e Hijo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 12 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/66/12)