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Boletín oficial de la Comunidad de Madrid

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110506-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

65
Divorcio contencioso 227 de 2010

Doña María Jesús Carasusán Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso número 227 de 2010, tramitado en este Juzgado, a instancia de doña María de las Nieves Yusta Martín, representada por el procurador de los tribunales don Carlos Plasencia Baltes, contra don Eduardo Bulto de Otto, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado la sentencia de fecha 23 de marzo de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña María de las Nieves Yusta Martín, representada por el procurador de los tribunales don Carlos Plasencia Baltes, contra don Eduardo Bulto de Otto, declarado en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de los litigantes, con todos los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento.

Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento respecto de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro del quinto día ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar al recurrente la constitución del depósito de 50 euros, necesario para recurrir en reposición, en el número de cuenta 2102/0000/ 00/0227/10 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

Firme que sea la presente resolución por la secretaria judicial se acordará su anotación en el Registro Civil correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 755 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para lo cual se expedirá el oportuno testimonio.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leía y publicada la anterior resolución por la magistrada-juez que la dictó estando celebrada audiencia pública el día de la fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde y en paradero desconocido don Eduardo Bulto de Otto, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 11 de abril de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/3.742/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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