Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110105-140

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 73

EDICTO

140
Procedimiento ordinario 760 de 2005

Doña Isabel de Diego Elevira, secretaria del Juzgado de primera instancia número 73 de Madrid.

Hago constar: Que en el juicio ordinario número 760 de 2005 se ha dictado resolución de fecha 14 de abril de 2009, cuyos antecedentes de hecho y fallo son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 14 de abril de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor don Luis Aurelio González Martín, magistrado-juez de primera instancia del número 73 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 760 de 2005, a instancias de don Manuel Pascual Alonso, representado por la procuradora doña María Soledad Castañeda González y defendido por letrado, contra la mercantil “Consorcio Financiero de Madrid, Sociedad Anónima”, en rebeldía.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña María Soledad Castañeda González, en nombre y representación de don Manuel Pascual Alonso, contra la mercantil “Consorcio Financiero de Madrid, Sociedad Anónima”, en rebeldía, y, en consecuencia, ordeno la cancelación registral de la hipoteca en garantía de las letras de cambio: clase sexta, serie OA, número 5.810.283, por importe de 4.006,97 euros, equivalente a 666.703 pesetas, y vencimiento el día 2 de enero de 1989; clase quinta, serie OA, número 2.451.447, por importe de 4.006,97 euros, equivalente a 666.703 pesetas y vencimiento el día 1 de julio de 1989, y clase quinta, serie OA, número 2.451.448, por importe de 4.006,97 euros, equivalente a 666.703 pesetas, y vencimiento el día 29 de diciembre de 1989, habiéndose constituido la hipoteca por don Manuel Pascual Alonso a favor de la sociedad “Consorcio Financiero de Madrid, Sociedad Anónima”, e inscrita en la inscripción segunda del tomo 1.238, libro 77, folio 40 de la finca número 7.888 del Registro de la Propiedad número 2 de Móstoles.

Firme la presente sentencia, líbrese el oportuno mandamiento al señor registrador encargado del Registro de la Propiedad número 2 de Móstoles (Madrid), librándose testimonio literal de la presente resolución para que sirva de título bastante para extender asiento de cancelación de la hipoteca mencionada.

Todo ello sin expresa condena en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación, que se preparará en el plazo de cinco días a contar del siguiente al de su notificación, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, de acuerdo con los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

El presente edicto será diligenciado por la representación procesal de la parte actora.

Se interesa el deber de colaboración de todas las personas y entidades públicas y privadas con la Administración de Justicia.

En Madrid.—La secretaria (firmado).

(02/12.293/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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